Las ayudas para mejorar la eficiencia energética de las viviendas y edificios se podrán solicitar desde el 17 de octubre hasta el 30 de junio de 2023.
Ayudas directas y deducciones fiscales
Al cambiar las ventanas, los españoles podrán beneficiarse de las ayudas directas desde un 20% hasta un 80%, además de las deducciones fiscales. De esta manera las administraciones intentan estimular las rehabilitaciones de las viviendas con el fin de la reducción del consumo de energía.
¿Qué son los programas de ayudas Next Generation?
La Unión Europea ha reservado fondos para incentivar las mejoras en sus estados miembros. Una parte de estos fondos está destinada a las actividades relacionadas con la rehabilitación de viviendas con el objetivo de mejorar su eficiencia energética.
Dentro de Next Generation existen tres tipos de ayudas de los que uno puede aprovecharse, dependiendo del nivel de sus ingresos anuales o el lugar de residencia. Son los siguientes:
1. Programa ayuda mejora eficiencia energética de viviendas
El Real Decreto 853/2021 aprobado el pasado 5 de octubre regula los Programas de Ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se trata de las ayudas cuyo objetivo es cubrir actividades u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas unifamiliares o en los edificios.
En este enlace puedes hacerte con más detalles al respecto, proporcionados por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:
https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/vivienda-y-agenda-urbana/programa-de-ayuda-las-actuaciones-de-mejora-de-la-eficiencia-energetica-en-viviendas
¿Qué actividades se pueden subvencionar?
Cualquier modificación o sustitución de la envoltura térmica, como por ejemplo la sustitución de ventanas y puertas por opciones más eficientes desde el punto de vista energético, es subvencionable. Además, es importante que la reforma cumpla una de las siguientes condiciones:
- Reducir la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de, al menos, el 7 %,
- Reducir el consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %,
- Modificar o sustituir elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE 1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación (CTE).
Disponibles en este enlace: https://www.codigotecnico.org/pdf/Documentos/HE/DcmHE.pdf
¿Cuál es el importe de la subvención?
La cuota de la ayuda será del 40% del importe de la obra, con una mínima inversión de
1 000€ y un límite de 3 000€ por vivienda. Sin embargo, hay excepciones por las que se puede aumentar la cuantía. P.ej. Los propietarios que cumplan el criterio de vulnerabilidad económica o social podrán beneficiarse de hasta el 100% de financiación de los gastos de la obra.
¿Quién puede beneficiarse de las ayudas?
Las subvenciones del Programa ayuda mejora eficiencia energética de viviendas están destinadas sobre todo a propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas. Serán financiadas sólo las actuaciones realizadas en los domicilios habituales y permanentes de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios, lo que podrá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.
¿Cuándo vence el plazo de presentar la solicitud?
El plazo para solicitar las ayudas finaliza el 30 de junio del 2023. La solicitud debe realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la junta correspondiente para cada comunidad autónoma.
2. Desgravación fiscal en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas
El pasado 5 de octubre al texto publicado en el BOE
(https://boe.es/boe/dias/2021/10/06/pdfs/BOE-A-2021-16230.pdf#BOEn) se añadieron “tres nuevas deducciones temporales en la cuota íntegra estatal del IRPF”. Se hace referencia a unos incentivos fiscales en la declaración de la renta para las personas que hayan hecho reformas con el fin de mejorar la eficiencia energética de la vivienda, así como cambiar las ventanas antiguas por otras eficientes con vidrios de altas prestaciones.
¿Qué tipo de actividades se suman a las deducciones en el IRPF?
Para beneficiarse de las desgravaciones en la declaración de la renta en marco del dicho programa, hay que llevar a cabo por lo menos una de las siguientes reformas o actividades:
- Reducir por lo menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. Para realizarlo puedes cambiar tus viejas ventanas poco estancas por unas nuevas de PVC con vidrios de altas prestaciones, como las que ofrece Veneo.
- Minimizar al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda.
¿A cuánto asciende la deducción en el IRPF?
Las desgravaciones llegan a un 20 % y una cuota máxima de 5.000 euros anuales en obras que minimicen un 7 % la demanda de climatización, luego, pueden alcanzar hasta un 40 % y un máximo de 7.500 euros anuales en las reformas que reduzcan un 30 % el consumo de energía primario y un 60% por reducir el consumo de energía primaria no renovable o obtener una calificación A o B del edificio con una cuota máxima de 15.000 euros por vivienda.
¿Quién puede beneficiarse de las desgravaciones del impuesto?
Propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas donde se hayan realizado actuaciones de mejora de la eficiencia energética detalladas anteriormente. Además, los pagos por las obras realizadas deben efectuarse vía tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. Las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero no serán válidas.
Tampoco serán base de la deducción fiscal las cantidades subvencionadas a través de las ayudas públicas.
La acreditación de las obras para la reducción de calefacción y refrigeración se realizará a través de certificados de eficiencia energética expedidos, por el personal competente, antes y después de la realización de las actuaciones de mejora, comparando los indicadores contenidos en los mismos.
¿Hasta cuándo se puede solicitar la ayuda?
El momento de hacer la declaración de la renta será el momento de solicitar las mencionadas deducciones. Las desgravaciones en el IRPF estarán disponibles hasta el 31 de diciembre de 2023.
3. Programa PREE 5000 si vives en una pequeña ciudad
Se trata de un programa destinado a los habitantes de las localidades de menos de 5.000 habitantes, propietarios de edificios, construidos antes de 2007. Dicho programa aporta 50 millones de euros para estimular las actividades de rehabilitación energética en municipios de Reto Demográfico.
¿Qué actividades están subvencionadas por el PREE 5000?
Principalmente, la reforma de edificios que permite ahorrar un 30% de energía primaria no renovable, de allí, mejorar la calificación energética total de la vivienda en al menos un nivel energético (p.ej. de la letra correspondiente D a la letra C) con respecto a la inicial. Esto se justificará con los certificados energéticos correspondientes, firmados por un técnico oficial antes y después de la reforma.
¿Cuáles son las ayudas?
Hay tres principales cuotas de las ayudas y son las siguientes:
- un 50% de la inversión para la tipología de mejora de la envolvente térmica con un límite de 3.000 euros,
- un 40 % para obras en mejora de las instalaciones térmicas,
- un 20% para mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación.
Dichas ayudas se dedicarán a obras en edificios completos, ya existentes en el territorio español de tipología unifamiliar o residencial.
¿Cómo acceder a las ayudas del PREE 5000?
Para beneficiarse de los fondos del programa PREE 5000 hay que contactar con el punto de contacto local de la junta correspondiente para el lugar de residencia. Las bases del programa se publicaron en el Boletín Oficial. El PREE 5000 está en vigor desde el 5 de agosto de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que con anterioridad se hubiera agotado el presupuesto disponible.
¿Quiénes son los destinatarios del programa PREE 5000?
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, comunidades de propietarios, agrupaciones de propiedad horizontal, empresas concesionarias de edificios, administraciones públicas o comunidades y empresas de energía.
La condición fundamental es acreditar, de una manera establecida en las bases, la propiedad de una vivienda construida antes de 2007 en una localidad de menos de 5.000 habitantes y presentar un plan de rehabilitación energética de dicho edificio.
El plazo para terminar las obras subvencionadas del programa de ayudas de mejora de la eficiencia energética
Es importante saber que el plazo para realizar las obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en las viviendas no exceda de 12 meses, contados desde el momento de la concesión de la ayuda. De todos modos, las actividades objeto de financiación deben finalizar antes del 30 de junio de 2026.
¿Dónde solicitar las ayudas del programa ayuda mejora eficiencia energética de viviendas Next Generation?
Ahora ya sabes cuáles son los requisitos y los plazos para solicitar las ayudas para la mejora de la eficiencia energética de viviendas del programa Next Generation. Puedes solicitar las subvenciones tú mismo o recurrir a la empresa encargada de realizar el cambio de ventanas en tu vivienda.
Si decides realizar los trámites tú mismo, acude directamente a la junta de tu comunidad autónoma. A continuación te dejamos los enlaces de interés para cada comunidad, donde encontrarás más información al respecto (allí donde no haya informaciones específicas, dejamos el enlace general y lo destacamos con un asterisco):
Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/190/BOJA22-190-00075-15324-01_00268595.pdf
Aragón:
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1229596584444&type=pdf
*Asturias: https://www.asturias.es/
Canarias: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2022/182/004.html
Cantabria: https://boc.cantabria.es/boces/verBoletin.do?idBolOrd=28283
Castilla – La Mancha:
https://docm.jccm.es/docm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1651226747811020071
Castilla y León: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2022/07/07/pdf/BOCYL-D-07072022-13.pdf
Cataluña: https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=923933
Ceuta: https://sede.ceuta.es/controlador/controlador?cmd=inicio&modulo=principal
Comunidad Valenciana:
https://habitatge.gva.es/es/web/arquitectura/fons-europeus-per-a-la-rehabilitacio-d-habitatges-2022
Extremadura: http://doe.juntaex.es/ultimosdoe/mostrardoe.php?fecha=20220512&t=o
Galicia: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220303/AnuncioC3Q2-180222-0002_es.html
*Islas Baleares: https://www.caib.es/govern/index.do?lang=es
*La Rioja: https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25177
Madrid: https://www.comunidad.madrid/servicios/vivienda/ayudas-actuaciones-rehabilitacion-energetica-edificios-residenciales-viviendas-prtr
Melilla: https://bomemelilla.es/bome/BOME-B-2022-5980/articulo/634#
Murcia: https://www.borm.es/#/home/anuncio/16-06-2022/3185
Navarra: https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2022/62/1
País Vasco: https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2022/06/2202988a.pdf